San Luis Potosí, S. L. P.– En sesión de comisiones unidas de la LXIV Legislatura, fueron aprobadas reformas a los artículos 57 y 80 de la Constitución Política del Estado, con el propósito de delimitar las facultades del Poder Legislativo y del Ejecutivo en los temas de amnistía e indulto por delitos del fuero común.
El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, diputado Carlos Arreola Mallol, explicó que la reforma busca armonizar el marco normativo estatal con la Constitución federal, estableciendo que la facultad de conceder amnistías recaerá exclusivamente en el Poder Legislativo.
En cuanto al indulto por delitos del fuero común, será facultad del Poder Ejecutivo, a través de una Comisión Interdisciplinaria que será definida en la legislación secundaria.
Entre los aspectos clave de la reforma:
- El Poder Ejecutivo, encabezado por el Gobernador, deberá conformar una Comisión Técnica Interinstitucional para procesar solicitudes de indulto.
- El Congreso del Estado tendrá un plazo de 180 días naturales tras la declaratoria para expedir la ley secundaria correspondiente, conforme al artículo 138 constitucional.
- Se consolida un modelo que permite atender situaciones emergentes y avanzar en la protección de derechos, según señalaron los legisladores.
Este tema se incluirá en un próximo Periodo Extraordinario de Sesiones para su análisis y votación en el Pleno, confirmó el diputado Héctor Serrano Cortés, presidente de la Comisión de Gobernación.