San Luis Potosí, S.L.P.- La Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado aprobó la iniciativa que tipifica como delito las prácticas conocidas como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y de Identidad de Género (ECOSIG), al adicionar el capítulo “Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas” al Código Penal del Estado.
La diputada Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la comisión, explicó que la propuesta —impulsada por la legisladora Frinné Azuara— establece penas de dos a seis años de prisión y multas de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tratamiento, terapia o práctica que busque suprimir, restringir o modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
La reforma contempla agravantes que duplican la sanción cuando las víctimas sean menores de edad, personas adultas mayores o con discapacidad. También se establecen sanciones específicas cuando el delito sea cometido por figuras de autoridad o en contextos de subordinación, como relaciones laborales, docentes, médicas o familiares. En estos casos, además de la pena, se impondrá la destitución e inhabilitación para ejercer cargos públicos.
Asimismo, se adiciona el artículo 380 Ter a la Ley de Salud del Estado, para sancionar con suspensión profesional de uno a tres años a quienes, desde el ámbito médico o terapéutico, participen en estas prácticas.
El dictamen será turnado al Pleno del Congreso para su votación. De aprobarse, San Luis Potosí se sumará a las entidades que reconocen legalmente el derecho al libre desarrollo de la personalidad y sancionan las terapias de conversión como una forma de violencia.