Aprueban en Comisión reforma al Código Penal de SLP para sancionar uso indebido de inteligencia artificial

San Luis Potosí, S.L.P.- La Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado aprobó el dictamen que adiciona el artículo 187 Ter y el Capítulo V al Título Décimo Primero del Código Penal del Estado, con el objetivo de sancionar el uso indebido de inteligencia artificial (IA) cuando se emplee para provocar alarma social, manipular institucionalmente o difundir desinformación dolosa.

La presidenta de la comisión, diputada Leticia Vázquez Hernández, explicó que la reforma responde a la necesidad de contar con un marco jurídico actualizado ante los riesgos que implica el uso malicioso de tecnologías emergentes. Citó como ejemplo el caso ocurrido en Zacatecas, donde imágenes de estudiantes fueron alteradas mediante IA con fines sexuales, lo que generó alarma social y vulneró derechos fundamentales.

El dictamen establece que no constituirá delito la creación o difusión de contenidos generados con IA cuando tengan fines periodísticos, académicos, artísticos, de parodia o crítica política, siempre que no exista dolo para causar daño, desinformación o alterar la confianza pública.

El diputado Héctor Serrano Cortés, promovente de la iniciativa, subrayó que la reforma busca proteger la seguridad, la integridad y la paz social sin vulnerar la libertad de expresión. “Es tiempo de buscar las mejores condiciones de convivencia social en San Luis Potosí”, afirmó.

Principales disposiciones del dictamen:

  • Artículo 187 Ter: Sanciona con 1 a 3 años de prisión y multa de 100 a 300 UMAs a quien utilice IA para simular la imagen, voz o identidad digital de una persona sin su consentimiento. La pena aumenta si hay fines de lucro o daño al honor, reputación o vida privada.
  • Artículo 272 Bis: Penaliza con 2 a 5 años de prisión y multa de 200 a 400 UMAs la difusión dolosa de desinformación generada con IA que busque alterar la paz pública. La pena se incrementa si se usan medios masivos, redes sociales o cuentas anónimas.
  • Artículo 272 Ter: Castiga con 3 a 6 años de prisión y multa de 300 a 600 UMAs la manipulación institucional mediante IA, cuando se simulen de forma verosímil declaraciones o actos de autoridades con el fin de alterar la confianza pública o poner en riesgo la seguridad del Estado. La pena se agrava si ocurre durante procesos electorales o de seguridad pública.

El dictamen será turnado al Pleno del Congreso para su discusión y votación. De aprobarse, San Luis Potosí se colocaría entre las primeras entidades del país en legislar de manera específica sobre el uso ético y responsable de la inteligencia artificial en el ámbito penal.