San Luis Potosí, S.L.P.- Con el objetivo de fortalecer la protección de los animales que se encuentran en peligro de extinción en la entidad, la Comisión de Ecología y Medio Ambiente aprobó modificaciones al Código Penal del Estado y a la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, mediante la incorporación de un tipo penal específico.
La diputada Gabriela Martínez Vázquez, presidenta de la Comisión, explicó que se busca tipificar de manera clara y precisa las conductas que atenten contra la integridad y vida de las especies en peligro de extinción, incluyendo la prohibición expresa de dañarlas o matarlas. Con ello se pretende establecer un marco legal más robusto y eficaz que contribuya a la preservación y protección efectiva de estas especies dentro de la entidad.
La reforma adiciona la fracción III BIS al artículo 317 del Código Penal del Estado, para establecer que cuando el maltrato produzca la muerte de una especie en peligro de extinción, amenazada o sujeta a protección especial conforme a la NOM-059-SEMARNAT-2010, se impondrá una pena de cuarenta y ocho meses a siete años de prisión, además de una sanción pecuniaria de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida y actualización vigente.
Asimismo, se adiciona el artículo 121 BIS a la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, que establece la prohibición de dañar o matar animales en peligro de extinción, amenazados o sujetos a protección especial, con sanciones conforme a lo dispuesto en el Código Penal.
En la exposición de motivos se destacó que la protección de estas especies es crucial para la conservación de la biodiversidad en México, país que alberga alrededor del 10% de la biodiversidad mundial. La pérdida de especies afecta directamente a los ecosistemas y a las comunidades humanas que dependen de ellos para su sustento y bienestar.
El dictamen será turnado al Pleno del Congreso del Estado para su votación.