Proponen reforma al Código Familiar para garantizar la responsabilidad alimentaria del padre biológico

– La iniciativa busca eliminar ambigüedades y asegurar el cumplimiento de esta obligación en beneficio de niñas, niños y adolescentes.

San Luis Potosí, S.L.P.- Con el propósito de fortalecer la seguridad jurídica y garantizar plenamente el interés superior de la infancia, la diputada Roxanna Hernández Ramírez presentó una iniciativa de reforma al Código Familiar del Estado para establecer de manera expresa que el padre biológico mantiene la obligación de proporcionar alimentos, incluso cuando la persona menor de edad haya sido reconocida legalmente por un tercero.

La legisladora señaló que el derecho a recibir alimentos es un derecho humano fundamental previsto en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estrechamente vinculado con el principio del interés superior de la niñez, reconocido en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y en diversos tratados internacionales.

Explicó que, aunque el Código Familiar establece la obligación alimentaria derivada de la filiación, en la práctica judicial se han presentado casos en los que el padre biológico intenta evadir esta responsabilidad argumentando que el menor ha sido reconocido por otra persona, como la pareja de la madre. Ante ello, consideró necesario realizar ajustes normativos que eliminen cualquier ambigüedad y garanticen el cumplimiento efectivo de esta obligación.

La iniciativa propone adicionar un tercer párrafo al artículo 145, crear el artículo 145 Bis y agregar un tercer párrafo al artículo 164 Bis del Código Familiar del Estado, con el fin de precisar la responsabilidad alimentaria del padre biológico y asegurar que esta no se extinga por reconocimientos posteriores realizados por terceros.

El proyecto fue turnado a la Comisión Segunda de Justicia del Congreso del Estado para su análisis y dictamen correspondiente.