San Luis Potosí, S.L.P. La Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado aprobó diversas modificaciones a la Constitución Política local y a la Ley Electoral del Estado con el fin de optimizar la organización de las elecciones locales, ajustar los tiempos procesales y elevar a rango constitucional permanente el principio de paridad de género y alternancia en cargos unipersonales como la gubernatura y las alcaldías.
El diputado Carlos Artemio Arreola Mallol, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, explicó que el dictamen resolvió de manera unida las propuestas del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) y las observaciones derivadas de la facultad de veto ejercida por el gobernador Ricardo Gallardo Cardona. Con este nuevo marco jurídico, se determinó que para el próximo proceso electoral local de 2027 los partidos políticos y coaliciones podrán postular libremente al género de su preferencia para la gubernatura, bajo el principio de paridad general. Sin embargo, la regla de alternancia obligatoria entrará en vigor de forma progresiva a partir del proceso electoral de 2033, tomando como base el género registrado por cada fuerza política en la elección previa de 2027.
La reforma contempla una reestructuración profunda en la operatividad de los comicios. Entre las modificaciones principales destaca fijar el inicio del proceso electoral oficial el 15 de noviembre del año previo a la votación, dotar de remuneración económica a los integrantes de las comisiones distritales y comités municipales, así como elevar al 25 por ciento mensual el límite de descuento a los partidos políticos por concepto de sanciones. En el rubro de fiscalización, se reestructuró la Unidad de Fiscalización interna y se obligará a los presidentes de los comités a rendir informes financieros mensuales sobre el uso del erario.
Finalmente, en materia de comunicación y debate político, las nuevas disposiciones eliminan la obligatoriedad de los debates en los distritos y concentran estos ejercicios en los cinco municipios con mayor lista nominal del estado para las alcaldías. Para la gubernatura, se estableció por ley que todas las personas candidatas deberán participar de manera obligatoria en por lo menos dos debates institucionales, los cuales tendrán que organizarse dentro de los 60 días de duración formal de las campañas políticas.