San Luis Potosí, S.L.P. El Pleno de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado aprobó un decreto de reformas a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer un andamiaje jurídico que garantice la integridad física y emocional de los menores durante su interacción con entornos digitales. La modificación, que abarca la reforma del artículo 88 y la adición del 88 BIS, obliga a las autoridades estatales y municipales a implementar programas preventivos para mitigar los peligros inherentes al uso de tecnologías de la información y la comunicación.
El nuevo ordenamiento jurídico impone como requisito indispensable que el acceso de menores a partir de los doce años a redes sociales digitales se realice mediante el consentimiento explícito y la supervisión continua de los padres, tutores o personas que ejerzan la guarda y custodia. La norma estipula que este acompañamiento deberá cubrir no solo el proceso inicial de registro en las plataformas, sino también el uso cotidiano de las mismas, buscando prevenir riesgos críticos como el ciberacoso, la exposición a contenidos de índole sexual, la violación a la intimidad y la captación para fines ilícitos en el ciberespacio.
Las autoridades legislativas subrayaron que la reforma no busca limitar el acceso de la niñez al derecho a la información, la educación o la salud digital, sino asegurar que dicho contacto se desarrolle en un entorno que respete su grado de madurez y desarrollo cognitivo. Bajo este esquema, los ayuntamientos y las dependencias estatales deberán coordinar acciones de sensibilización para que el Internet funcione como un canal efectivo para la no discriminación, mientras se protegen de forma irrestricta los derechos humanos y la dignidad de los usuarios más vulnerables del ecosistema tecnológico.