noviembre 23, 2024

A partir del próximo 1 de julio comenzará la aplicación del impuesto ecológico

– Su recaudación será aplicada al Fondo Ambiental Püblico y al Fondo para el Cambio Climático

San Luis Potosí, S. L. P.- En Sesión Ordinaria, integrantes de la legislatura local aprobaron el Decreto por el cual se modifican las disposiciones de la Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí, en materia de impuestos ecológicos.

Dichas reformas, ya aprobadas buscan delimitar la definición de Impuestos Ecológicos, entendidos como aquellos que recaen sobre bienes o servicios contaminantes; su función básica consiste en incentivar el cuidado y protección del ambiente, mediante tasas impositivas aplicables a los productores y consumidores, que se materializan en un comportamiento más amigable y consiente de su entorno.

En ese sentido, se dejan de gravar las actividades relacionadas a las emisiones indirectas a la atmósfera de sustancias contaminantes específicas, generadas en los procesos productivos que se desarrollen en el Estado.

Se clarifica además lo relativo a los sujetos de este impuesto, con el propósito de generar certeza jurídica en su tributación, tomando como referencia la homologación de dicho concepto, y se ajusta la tabla de los Gases o Compuestos de Efecto Invernadero conforme al acuerdo emitido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

Por otra parte, se establece que lo recaudado podrá destinarse al Fondo Ambiental Público, establecido en el artículo 180 de la Ley Ambiental del Estado, así como al Fondo para el Cambio Climático, señalado en el artículo 46 de la Ley de Cambio Climático para el Estado, tomando en consideración las necesidades propias de nuestro territorio.

Se señala que el Poder Ejecutivo del Estado no es ajeno del cuidado del medio ambiente y ha destinado recursos conforme al Plan Estatal de Desarrollo 2021-2027 para el eje rector denominado desarrollo ambiental y energías alternativas.

Se prescinde de reporte tanto la obligación de presentar el aviso de inscripción ante la Secretaría, así como de la bitácora con los registros de las Cédulas de Operación Mensual por considerarse innecesarios y redundantes.

Debido a los ajustes en la presentación de las declaraciones provisionales mensuales del impuesto, se hizo necesario reformar la entrada en vigor del impuesto, trasladándose del 10 de junio al 1° de julio del presente año.

El dictamen, presentado por la Comisión de Hacienda del Estado, señala que para la elaboración de la reforma correspondiente, se realizaron diversas mesas de trabajo con las Secretarías de, Finanzas; Ecología y Gestión Ambiental y de la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado, a fin de contar con la opinión sobre la operación y aplicación de las reformas sobre el Impuesto Ecológico por la emisión de Gases a la Atmosfera, propuestas que emanaron de los diferentes foros celebrados con el sector empresarial.