Congreso del Estado aprueba reforma Constitucional en materia electoral

La armonización incorpora disposiciones federales sobre no reelección, nepotismo y reducción de privilegios

San Luis Potosí, SLP. El Pleno del Congreso del Estado aprobó por mayoría la reforma constitucional en materia electoral, con el propósito de armonizar la legislación local con las disposiciones federales relativas a no reelección, nepotismo y racionalización del gasto público.

El diputado Carlos Arreola Mallol, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, señaló que el dictamen se alinea con los principios establecidos a nivel federal para eliminar beneficios extraordinarios, reducir privilegios y fortalecer una cultura de responsabilidad en el uso de recursos públicos, conforme al artículo 134 constitucional.

El Decreto establece que las personas consejeras electorales del CEEPAC y las magistraturas del Tribunal Electoral del Estado percibirán remuneraciones acordes con sus funciones, sin exceder los límites previstos en el artículo 127 de la Constitución Federal ni incluir prestaciones extraordinarias, seguros, bonos o regímenes especiales no contemplados en la ley. Tampoco podrán contratar seguros privados de gastos médicos, vida o pensiones, ni acceder a cajas de ahorro o esquemas de retiro no previstos normativamente.

Los ahorros derivados de estas medidas demuestran que es posible racionalizar el gasto institucional sin comprometer el funcionamiento del Estado. En este sentido, se establece que el presupuesto del Congreso deberá guardar una proporción coherente con el presupuesto estatal y no podrá exceder del 0.70 por ciento del Presupuesto de Egresos del Estado.

La reforma también define que los ayuntamientos se integrarán por una presidencia municipal, una sindicatura y hasta quince regidurías, bajo principios de paridad de género vertical y horizontal, perspectiva de género e igualdad sustantiva. Asimismo, se incorpora la prohibición de participar en elecciones municipales a personas con vínculos de parentesco, matrimonio, concubinato o afinidad con quien ocupe el cargo, dentro de los grados establecidos por la Constitución Federal.

Uno de los cambios centrales es la eliminación de la reelección consecutiva para diputaciones y ayuntamientos, con un Transitorio Segundo que establece su aplicación a partir del proceso electoral 2029‑2030. El Transitorio Tercero dispone que el Congreso deberá adecuar la legislación secundaria al menos 90 días antes del inicio del proceso electoral en que se aplicarán estas disposiciones.