La reforma establece penas de hasta ocho años de prisión y sanciones económicas.
San Luis Potosí, S. L. P.—El Pleno del Congreso del Estado aprobó en Sesión Ordinaria la reforma al Código Penal de San Luis Potosí para tipificar la violencia vicaria como delito, imponiendo sanciones de hasta ocho años de prisión y multas de entre 140 y 200 unidades de medida de actualización (UMA).
La iniciativa promovida por la diputada Roxanna Hernández Ramírez define la violencia vicaria como el daño doloso que un hombre ejerce sobre una mujer con la que haya tenido una relación afectiva, utilizando como medio a hijos e hijas de la víctima, generando en ellos afectaciones físicas y psicoemocionales.
Además de la pena de cárcel, la persona juzgadora podrá imponer restricciones adicionales, como la pérdida de patria potestad, derechos hereditarios y pensión alimenticia, así como la obligación de participar en servicios reeducativos y tratamiento psicológico.
La reforma agrega el Capítulo VIII denominado “Violencia Vicaria” al Título Sexto del Código Penal, estableciendo medidas legales contra esta forma extrema de violencia de género, que busca controlar y someter a la mujer mediante el daño a sus seres queridos.