octubre 30, 2024

Habrá nueva Ley Orgánica del Poder Legislativo

– Con ella se amplían de 21 a 27 las comisiones permanentes.

San Luis Potosí, S. L. P.- El pleno del Congreso del Estado aprobó por mayoría el Decreto para expedir lo que será la nueva Ley Orgánica del Poder Legislativo, integrada por 11 Títulos y 147 Artículos; en tanto que el Reglamento del Congreso del Estado está compuesto por 11 Títulos y 196 Artículos, todo ello con el objetivo de perfeccionar el proceso parlamentario, y lograr eficiencia; productividad; transparencia; y mejor distribución del trabajo legislativo.

La expedición de la nueva Ley Orgánica, establece ampliar de 21 a 27 el número de Comisiones Permanentes; la creación del órgano interno denominado Conferencia; y la implementación de un software incrustado denominado Sistema de Mensajería del Congreso, que tendrá la función de recibir; notificar; clasificar; ordenar; registrar; organizar; gestionar; centralizar; digitalizar; y controlar la información relativa al trabajo parlamentario del Congreso del Estado.

Con la expedición de esta nueva Ley y Reglamento, se eliminan una serie de disposiciones que eran repetitivas y en algunos casos, caían en contradicción; además, no representará ningún gasto adicional para el Congreso del Estado, pues las tareas se realizarán con el mismo personal que cuenta el Poder Legislativo, comentó el diputado José Luis Fernández Martínez.

En la exposición de motivos de la reforma se establece “el funcionamiento de los trabajos de análisis legislativo por medio de 27 comisiones de dictamen, en sustitución de las 21 comisiones originales de la norma que se abroga” con lo que se busca una mayor productividad en el trabajo legislativo.

En la Comisión de Asuntos de Pueblos y Comunidades Indígenas, se incluye a las afromexicanas; se integra la materia de Movilidad en la actual Comisión de Comunicaciones y Transportes; se forma la Comisión de Normatividad Legislativa y Prácticas Parlamentarias, para su competencia en reformas y adiciones a Ley Orgánica y Reglamento del Congreso; se divide el trabajo de la actual Comisión de Justicia en dos comisiones, con facultades expresas; se crea la Comisión de Niñas, Niños, Adolescentes, Juventud y Deporte, con el objetivo de que el Congreso abarque estos temas de interés para la ciudadanía potosina.

En el mismo sentido, la propuesta, busca alinear y armonizar con leyes aprobadas a nivel estatal y Federal en distintos ámbitos, en años recientes, toda vez que “nos encontrábamos ante una desactualización en diversas materias”.

Se propone además modificar y actualizar la materia de técnica legislativa, a fin de perfeccionar el proceso parlamentario, con la correcta estructuración de funciones en las diversas áreas, para el correcto desempeño del Congreso.

Asimismo, se determina que el Congreso del Estado tendrá dos periodos generales de vacaciones, durante los cuales, y con excepción de lo ya previsto en la Constitución del Estado, no sesionará, buscando con ello un mejor aprovechamiento del tiempo, al eliminar la posibilidad de que el personal tome vacaciones en periodos que al final representaban un mes de actividad disminuida.

La nueva Ley Orgánica del Congreso del Estado, está compuesta por 11 Títulos y 147 Artículos, los cuales son: Disposiciones Generales; Instalación; Atribuciones generales del Congreso del Estado: Diputación Permanente; Funcionamiento Interno; Diputadas, Diputados, Grupos y Representaciones Parlamentarias; Órganos: Directiva, Conferencia y Junta de Coordinación Política; Estructura y Organización del Congreso del Estado; e Iniciativas y Puntos de Acuerdo

Por lo que se refiere a la creación del órgano denominado Conferencia, se informó que sus funciones serán: Establecer el plan legislativo de los periodos ordinarios del Congreso del Estado; el calendario para su desahogo en el que se incluirán las conmemoraciones y actos cívicos que se han de llevar a cabo el Congreso del Estado; los procesos de consultas y, la agenda general.

La Conferencia se integra por quien presida la Directiva; las y los integrantes de la JUCOPO. La o el Presidente de la Directiva lo será también de la Conferencia. A sus reuniones podrán ser convocados quienes presidan las comisiones, cuando exista un asunto de su competencia; Y la Presidencia de la Directiva supervisará el cumplimiento de los acuerdos.

Dicho órgano se reunirá por lo menos una vez antes del inicio de cada periodo ordinario del Congreso del Estado, y cuando así se determine necesario. En ambos casos, a convocatoria de su Presidenta o Presidente. Además, adoptará sus resoluciones por el consenso de sus integrantes, de no alcanzar el consenso, las decisiones se adoptarán por el voto ponderado de sus integrantes, en los que el voto de quien presida se subsumirá al ponderado de su grupo o Representación Parlamentaria.

La Conferencia contará con una Secretaría Técnica que será el de la Directiva, quien asistirá a las reuniones, elaborará los documentos necesarios para el efecto.

En lo que hace al tema de las 27 Comisiones Permanentes, que en lo sucesivo operarán, se informó que éstas son: Agua; Asuntos de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas; Asuntos Migratorios; Derechos Humanos; Desarrollo Económico y Social, Desarrollo Rural y Forestal; Desarrollo Territorial Sustentable; Ecología y Medio Ambiente; Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; Fomento al Turismo; Gobernación; yHacienda del Estado.

Las restantes son: Igualdad de Género; Movilidad, Comunicaciones y Transportes; Niñas, Niños, Adolescentes, Juventud y Deporte; Normatividad Legislativa y Prácticas Parlamentarias; Primera de Hacienda y Desarrollo Municipal; Primera de Justicia; Puntos Constitucionales; Régimen Interno y Asuntos Electorales; Salud y Asistencia Social; Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal; Segunda de Justicia; Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social; Trabajo y Previsión Social; Transparencia y Acceso a la Información Pública; y Vigilancia de la Función de Fiscalización.

De la misma forma se establece que el Congreso del Estado contará con los siguientes comités: I. Del Instituto de Investigación y Evaluación Legislativa; II. De Orientación y Atención Ciudadana; III. De Reforma para la Competitividad y Desarrollo Sustentable del Estado; IV. De Transparencia; V. Interno de Control y Desempeño Institucional; y VI. De Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.

Con la nueva Ley Orgánica del Poder Legislativo, se emite un nuevo Reglamento del Congreso del Estado, que cuenta con 11 Títulos y 196 Artículos, y en su el Título 10, se establece la creación de la Unidad para la Igualdad de Género y Prevención de la Violencia Contra las Mujeres.