– Con ella, San Luis Potosí fue elevado a Estado Libre y Soberano.
Un día en la historía de San Luis Potosí.
Por Fernando Chavira López.
San Luis Potosí, S. L. P.- El 17 de octubre de 1826, se promulgó la Primera CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, que un día antes había dictado el Honorable Congreso del Estado, elevó a San Luis Potosí a la categoría de Estado Libre y Soberano.
ARTICULO 1o.- El Estado de San Luis Potosí es la organización política y jurídica de sus habitantes, nacidos o avecindados en su territorio, que tengan las calidades que exige la presente Constitución.
ARTICULO 2o.- El Estado es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos; es libre y soberano en cuanto a su régimen interior, sin más limitaciones que aquéllas que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece a las Entidades Federativas.
ARTICULO 3o.- El Estado de San Luis Potosí adopta para su régimen interior la forma de gobierno republicano, representativo y popular, y lo ejerce por medio de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. En ningún momento podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo. Los Poderes del Estado no tendrán más atribuciones que las que les confieren la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente Constitución y las leyes que de ellas emanen.
ARTICULO 4o.- La soberanía del Estado radica esencial y originariamente en el pueblo potosino, quien la ejerce a través de los Poderes del Estado. Éstos residirán en la ciudad de San Luis Potosí, capital del Estado. El Ejecutivo, cuando las circunstancias lo ameriten, solicitará la aprobación del Congreso del Estado para que la residencia de los Poderes sea trasladada a otro lugar de la entidad por el tiempo que considere conveniente.