– En lo sucesivo se podrían tomar video o fotografías como evidencias válidas, con relación a los hechos.
San Luis Potosí, S. L. P.- El Congreso del Estado aprobó un decreto que adiciona el artículo 74 Bis de la Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí, para que en casos de hechos de tránsito, en el supuesto que ambas partes lleguen a un convenio, se puedan tomar videograbaciones y fotografías, precisando la mecánica del accidente, daños y vehículos participantes, a fin de convenir la movilización inmediata para liberar la vialidad obstruida.
A propuesta del diputado Mauricio Ramírez Konishi, la reforma indica que en caso de que ambas partes acuerden un convenio, deberán videograbar y capturar fotografías del hecho de tránsito, a efecto de que se identifiquen plenamente los daños, así como los vehículos que intervinieron en el siniestro.
Si el estado mecánico permite la movilización, y de conformidad con las compañías aseguradoras, en el caso de que las haya, podrán acordar la movilización inmediata a un espacio de resguardo para liberar la vialidad obstruida como consecuencia del hecho de tránsito, y acordar lo pertinente.
Por otra parte, se establece que el convenio entre las partes no las libera de responsabilidades que resulten de las infracciones a esta Ley, y demás ordenamientos aplicables.
El legislador señaló que el fenómeno del transporte y la movilidad en la zona metropolitana de ésta Capital potosina se ha convertido en un grave problema; principalmente, cuando ocurre un accidente de tránsito, toda vez que se llega a obstruir la vialidad hasta por horas, provocando congestionamientos y caos vial, por lo que es importante solucionar esta situación.
Agregó que las diferentes vías de comunicación siguen resultando insuficientes para una vialidad óptima, por lo tanto, esta reforma permitirá que legalmente, las partes involucradas en un accidente o hecho de tránsito puedan tomar acuerdos para liberar la vialidad.