Proponen reformar la Ley de Aguas para regular el reúso del recurso hídrico en el estado

San Luis Potosí, SLP.- Con el propósito de fijar directrices claras que regulen el aprovechamiento y los procesos de reciclaje hídrico, se presentó ante el Congreso local una iniciativa que modifica la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí. La propuesta, impulsada por la diputada María Aranzazu Puente Bustindui, plantea una modificación técnica a la fracción VII del artículo 3 de dicha normativa, buscando dotar de mayor certidumbre jurídica a las acciones de sustentabilidad ambiental.

La reforma busca delimitar detalladamente la definición de aguas residuales tratadas, tipificándolas como aquellos caudales que han sido sometidos a metodologías de purificación físicas, biológicas o químicas, de forma aislada o conjunta, con el fin de acondicionarlas para un nuevo ciclo de utilización. La autora de la iniciativa expuso que esta clarificación legal dotará a los organismos operadores y a las autoridades de herramientas precisas para fomentar el empleo secundario del recurso, aliviando la carga sobre los mantos acuíferos.

En la argumentación del proyecto, se subrayó que las fuentes de abastecimiento tradicionales en el territorio potosino sufren una presión constante debido al desarrollo urbano y a los efectos del cambio climático, lo que vuelve urgente la adopción de esquemas de consumo responsable. La propuesta enfatiza que el derecho al agua requiere de políticas públicas que reconozcan su disponibilidad limitada y promuevan tecnologías de recuperación para asegurar el bienestar de la población en los próximos años.

Finalmente, se reiteró que el tratamiento óptimo del agua residual no solo mitiga el impacto ecológico de los desechos urbanos e industriales, sino que constituye una alternativa viable para mitigar el desabasto regional. Tras su presentación formal en la sesión de trabajo parlamentario, la iniciativa de reforma fue remitida a los integrantes de la Comisión del Agua para su correspondiente análisis técnico y dictaminación.