San Luis Potosí, S. L. P.- La Comisión Primera de Justicia de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado aprobó reformas significativas al Código Penal del Estado, fortaleciendo las sanciones para quienes cometan el delito de cohabitación forzada con menores de edad, informó su presidenta, la diputada María Leticia Vázquez Hernández.
Dentro de la reforma, se incluyó el artículo 184 BIS, que define como delito el matrimonio ilegal. Este se atribuye a quien contraiga matrimonio con personas menores de 18 años, imponiendo penas de 8 a 15 años de prisión y multas de 1,000 a 2,500 UMAS. Además, estas sanciones se incrementarán hasta la mitad si la víctima pertenece a alguna comunidad indígena o afromexicana.
Asimismo, se tipifica como variante de este delito la cohabitación forzada con menores de edad, personas incapaces de comprender el significado del hecho, o aquellas que no puedan resistirlo, armonizando el Código Penal Estatal con el Código Penal Federal.
Estas reformas buscan atender problemáticas como el matrimonio infantil y las uniones tempranas, fenómenos vinculados a desigualdades de género, pobreza, violencia, abandono escolar y embarazo adolescente.
La Comisión también aprobó un dictamen para reformar el artículo 50 de la Ley para la Protección de Personas que Intervienen en el Proceso Penal en el Estado. Se establecerá un parámetro claro para las multas que se aplicarán a quienes incumplan las medidas de protección acordadas para víctimas, testigos y otros sujetos procesales, un aspecto que actualmente no está contemplado.
Ambos dictámenes serán turnados al Pleno del Congreso para su análisis y discusión. La sesión estuvo encabezada por la diputada María Leticia Vázquez Hernández, acompañada por la vicepresidenta diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas, la secretaria diputada Dulcelina Sánchez De Lira, y los vocales Carlos Artemio Arreola Mallol, Tomás Zavala González, Rubén Guajardo Barrera y Jessica Gabriela López Torres.