diciembre 03, 2024

Reformas Constitucionales dan certeza a la actuación de los delegados municipales; SLP, 29 de Septiembre de 1999

– Entre los comandantes liberales destacaba la presencia de Ignacio Zaragoza.

– Por los conservadores, comandaba Miguel Miramón.

Un día la Historia de San Luis Potosí.

Por Fernando Chavira López.

San Luis Potosí, S. L. P.- El 29 de septiembre de 1999, Se modifica el artículo 120 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí para dar certeza al actuar de los DELEGADOS MUNICIPALES, en los municipios que cuenten con Delegaciones Municipales.

Los Delegados Municipales operan en los lugares se requiere de un representante directo del Presidente Municipal del municipio a que corresponda, y debe actuar como tal, ya que además de la Constitución, le facultan para ello la Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí, y lo reglamentos municipales específicos.

NOTA: Es un error llamarle solamente “delegaciones”, su nombre completo y correcto es “Delegación Municipal”, porque son figuras relevantes en la conformación sociopolítica del estado, que por lo general fueron municipios libres.

-Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí.

-Fotografía 1, de Villa de Pozos, de la Colección de Eduardo López Cruz.

-Fotografía 2, de Estación Bocas, de Juana Oviedo Oviedo.

-Fotografía 3, de La Pila de autor desconocido.

-Fotografía 4, de Aguabuena de autor desconocido.

-Fotografía 5, de La Palma, de autor desconocido.

-Fotografía 6, Tambaca, de autor desconocido.

-Fotografía 7, Damián Carmona de autor desconocido.