– Se establecen sanciones de hasta 15 años de prisión y multas económicas
San Luis Potosí, S. L. P.- El Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal para tipificar como delito la cohabitación forzada de personas menores de 18 años.
Con la adición al Título Cuarto y los artículos 184 Bis y 200 Bis, se penalizará a quienes obliguen, coaccionen o induzcan a menores a unirse informalmente, ya sea con alguien de su misma condición o con un adulto, en una convivencia equiparable a la de un matrimonio.
La iniciativa, promovida por la diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas, establece penas de ocho a quince años de prisión y multas de mil a dos mil quinientos días de Unidades de Medida de Actualización (UMAS) para los responsables.
Además, si la víctima pertenece a una comunidad indígena o afromexicana, la sanción aumentará hasta en una mitad.
Asimismo, el Congreso tipificó el delito de matrimonio ilegal, sancionando con las mismas penas a quienes contraigan matrimonio con menores de edad.
El dictamen destaca la gravedad de estas prácticas y su impacto en los derechos de la infancia, citando estudios del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, que advierten sobre las consecuencias del matrimonio infantil y las uniones tempranas en el desarrollo de niñas y adolescentes.