mayo 2, 2024

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Niegan al Ayuntamiento de Mexquitic modificar su presupuesto para cumplir laudos laborales

– El Congreso local no tiene facultad de aprobar presupuestos de egresos, justifica del diputado Cuauhtli Badillo.

San Luis Potosí, S. L. P.- Por considerarla improcedente, la Comisión Primera de Hacienda y Desarrollo Municipal del Congreso del Estado, desechó la solicitud del Ayuntamiento de Mexquitic de Carmona para modificar sus partidas presupuestarias, a fin de cumplir con un fallo protector de amparo, que se promueve en Juzgado 2° Distrito.

En sesión de trabajo, quienes integran la Comisión Primera de Hacienda y Desarrollo Municipal del Congreso local, discutieron, analizaron, y desecharon el dictamen de esta solicitud, promovida por el Síndico de Mexquitic de Carmona para el pago de laudos laborales.

Al respecto, se determinó que el Congreso del Estado, tiene atribuciones para aprobar las leyes de ingresos de los Ayuntamientos del estado, y no sus presupuestos de egresos.

Al respecto, integrantes de la Comisión Primera de Hacienda y Desarrollo Municipal de la LXIII Legislatura, Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, Presidente; María Claudia Tristán Alvarado, vicepresidenta; Salvador Isais Rodríguez, secretario; Bernarda Reyes Hernández, vocal; y Edgar Alejandro Anaya Escobedo, vocal; coincidieron en señalar que, el Congreso del Estado carece de competencia “ya que su competencia queda plasmada en la elaboración de los presupuestos de egresos de los municipios y, por ende la determinación de previsiones salariales y económicas para cubrir deudas por laudos laborales y otras medidas económicas de índole laboral, es competencia exclusiva de los Ayuntamientos”.

Además, se advirtió que, “intervenir de parte del Congreso del Estado, e incluso a través de la comisión dictaminadora, – por lo que refiere al presupuesto de egresos de alguno de los Ayuntamientos de la entidad -, supone una trasgresión a la autonomía municipal, de acuerdo al párrafo último de la fracción IV del artículo 115 de nuestra Carta Magna Federal, que a la letra manda que los recursos que integran la hacienda municipal serán ejercidos en forma directa por los ayuntamientos, o bien, por quien ellos autoricen, conforme a la ley”.