abril 28, 2024

abril 28, 2024

Gobierno estatal y Ayuntamientos deben aplicar programas y recursos para atender a migrantes

. Aprueban reformas a la Ley de Atención y Apoyo a Migrantes del Estado.

San Luis Potosí, S. L. P.- Tras las reformas aprobadas por la legislatura local a la Ley de Atención y Apoyo a Migrantes del Estado, se establece que el Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos, deberán prever en sus proyectos de presupuesto de egresos anuales, las partidas que fuesen necesarias para cumplir con dicha ley, y garantizar en todo momento el respeto y protección de los derechos humanos de personas migrantes que se encuentran en tránsito por el Estado.

En ese sentido, se aprobó la reforma a los artículos 9º y 10 en sus fracciones II y III; y se adiciona al artículo 10 la fracción IV de la Ley de Atención y Apoyo a Migrantes del Estado de San Luis Potosí, para que las autoridades que atiendan los problemas de migración, generen programas y herramientas que aporten beneficios y ayuda a los migrantes.

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 9º., el Ejecutivo del Estado así como los Ayuntamientos, preverán en sus proyectos de Presupuesto de Egresos, las partidas necesarias para dar cumplimiento a la presente Ley, mientras que el Artículo 10, fracción IV, garantiza en todo momento el respeto y protección de sus derechos humanos.

La exposición de motivos establece que el artículo 1o. de la Constitución General menciona la obligación de todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, para promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, y prevé la correlativa obligación del Estado de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos.

Por su parte, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en el «Informe especial. Situación de las estaciones migratorias en México, hacia un nuevo modelo alternativo a la detención» de 2019, destaca que uno de los factores que interfieren con el respeto al derecho de trato digno de las personas alojadas en los recintos migratorios es el hacinamiento,

Por lo anterior, el derecho al trato digno implica la necesidad de contar con lugares adecuados donde se cuente, además de un espacio suficiente, con alimentos; dormitorios; baños; acceso a actividades recreativas y de higiene óptimas, para que las personas que extraordinariamente deban ser alojadas, desarrollen su vida con respeto a su dignidad, en tanto se resuelve su situación migratoria.

La iniciativa fue impulsada por las diputadas Bernarda Reyes Hernández; Yolanda Josefina Cepeda Echavarría; Liliana Guadalupe Flores Almazán; María Aranzazu Puente Bustindui; Emma Idalia Saldaña Guerrero; Ma. Elena Ramírez Ramírez; Gabriela Martínez Lárraga; y María Claudia Tristán Alvarado, y los diputados José Ramón Torres García; Edmundo Azael Torrescano Medina; Alejandro Leal Tovías; Juan Francisco Aguilar Hernández; Rubén Guajardo Barrera; y Héctor Mauricio Ramírez Konishi.