abril 28, 2024

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Endurecen las penas por delitos de violencia sexual contra mujeres y menores de edad

– La legislatura local aprobó reformas que, en algunos casos, duplican las sanciones.

– Delitos como la violación pasa de 8 a 16 años de prisión; el feminicidio alcanzaría hasta 60 años.

San Luis Potosí, S. L. P.- A fin de armonizar las penas en el Estado para los delitos de feminicidio, violación y abuso sexual, con las sanciones previstas en el Código Penal Federal, la legislatura local aprobó por unanimidad reformas los artículos, 135; 171; 173; 174; 175; y 178 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí,

Con base en lo anterior, se establece que el delito de feminicidio pasa de las actuales penas de 20 a 50 años, a sanciones de 40 a 60 años de prisión, y multas de 4 mil a 6 mil días del valor de la unidad de medida y actualización (UMA). Cuando la víctima sea niña o adolescente se aumentará la cuarta parte de la pena que corresponda, en observancia a lo previsto en el artículo 90 de este Código, lo cual se elevaría a penas de entre, 50 y 75 años de prisión, y multas de 5 mil a 7 mil 500 días.

El delito de violación, pasa de los actuales 8 a 16 años de prisión, para fijar una pena de 8 a 20 años de prisión, y sanción pecuniaria de 800 a 2 mil días del valor de la unidad de medida y actualización, más la reparación del daño.

Se establece también como violación, al acto con fines lascivos, en el que se introduzca vía anal o vaginal, cualquier instrumento distinto al miembro viril en persona menor de 18 años o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, o que por alguna causa no pueda resistirlo, sea cual fuere el sexo de la víctima. Si se ejerciere violencia física o moral, el mínimo y el máximo de la pena aumentará hasta en una mitad. En éste tipo de delitos, la pena iría de 8 a 20 años de prisión, y sanción pecuniaria de 800 a 2 mil días del valor del valor de la unidad de medida y actualización.

Si en la violación intervienen 2 o más personas, se impondrá una pena de 10 a 22 años de prisión y sanción pecuniaria de 1 mil a 2 mil días del valor de la unidad de medida y actualización, más la reparación del daño.

En caso de abuso sexual, cuya pena actual va de 2 a 5 años de prisión, se incrementa de 6 a 10 años de prisión y sanción pecuniaria de 200 a 500 días del valor de la unidad de medida y actualización.

La propuesta de reforma fue planteada por la diputada Gabriela Martínez Lárraga, y en su exposición de motivos indica la necesidad de fortalecer la legislación, homologando las penas con la Federación, en virtud de que se ha incrementado notablemente la violencia sexual contra mujeres y menores de edad.

La diputada destacó que tanto en el país como en el plano internacional, los tipos penales de feminicidio, violación y abuso sexual han sido objeto de reformas y fortalecimiento para responder a las demandas sociales de la población, que por ése tipo de delitos, ve vulnerados sus derechos humanos.