mayo 21, 2024

mayo 21, 2024

El agua potable, es ahora un bien inalienable, irrenunciable e imprescriptible

– La legislatura local aprobó reformar el Artículo 12 de la Constitución del Estado.

San Luis Potosí, S. L. P.- El Congreso del Estado aprobó la minuta que reforma el Artículo 12 de la Constitución Política del Estado, mediante el cual se establece qu el agua potable es un bien del dominio público, inalienable, inembargable, irrenunciable, e imprescriptible, cuyo aprovechamiento deberá ser regulado, y su explotación deberá respetar el equilibrio ecológico; en tanto que las autoridades están obligadas a proveerla para uso personal y doméstico, debiendo garantizar la suficiencia a efecto de hambre y enfermedades.

De ésta manera, se elevan al rango de la Constitución Estatal, las disposiciones establecidas en el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como del contenido de la Observación General número 15, que pronuncia el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales, respecto al derecho al agua para alcanzar mejores estándares de vida para la población.

Ésta reforma constitucional, establece en lo específico que el agua es un bien del dominio público, inalienable, inembargable, irrenunciable e imprescriptible, y su aprovechamiento y transmisión a particulares estará regulado y limitado, de forma tal que en su uso, explotación o aprovechamiento, se respete el equilibrio ecológico y no se ponga en riesgo a la sociedad.

Se establece además que las autoridades estatales y municipales están obligadas a proveer de forma continua el agua potable suficiente, salubre, segura, asequible, y de calidad, para el uso personal y doméstico.

Asimismo, el Estado deberá asegurar el acceso y disfrute mínimo y vital de agua potable, por lo que bajo ninguna circunstancia podrá restringirse de manera total el servicio de agua potable para uso doméstico, de modo que deberán garantizarse los recursos hídricos necesarios para evitar el hambre y las enfermedades.